martes, 21 de julio de 2009

La Cashrut

La Cashrut es un sistema de reglamentos que determinan qué tipo de alimentos están permitidos o prohibidos para su consumo según el judaísmo. Las leyes relativas a la Cashrut forman parte de los fundamentos del pueblo judío. Basada en los preceptos de la Torá y en interpretaciones posteriores, la Cashrut determina, hasta el más mínimo detalle, la vida alimenticia del practicante judío.

La Torá permite la consumición de la carne de animales cuadrúpedos si son rumiantes y si tienen la pezuña hendida (Levítico 11, 3). Existen 3 clases de animales domésticos que cumplen con esta condición:

1. El buey, la vaca, el becerro.
2. El carnero, la oveja.
3. La cabra, el macho cabrío, el cabrito.

Así como otros 7 animales no domésticos entre los cuales se hallan el ciervo y el corzo.

Al respecto de las aves, la Torá enumera hasta veinte especies de aves impuras (Levítico 11, 13) cuya consumición está prohibida. Las aves no mencionadas en la lista se presumen como permitdas. De todos modos, para no incurrir en error, se ingieren exclusivamente aquellas especies (y sus variaciones y derivados tales como huevos) que tradicionalmente son aceptadas como casher: gallina, pollo, pato doméstico, paloma común, ganso, codorniz. Actualmente se acepta también el pavo.

Tanto los cuadrúpedos como la aves deben ser sacrificados de acuerdo a la halajá (normativa judía). El shojet (matarife) realiza el degüello ritual, llamado shejitá, según el procedimiento tradicional, que consta de varios pasos, a saber:

1. Degüello.
2. Revisión de la carne (enfermedades, lesiones o defectos).
3. Extracción de partes y vísceras impuras.
4. Extracción de la sangre (enjuague preliminar, inmersión en agua, salado, enjuague después del salado).

La carne de un animal puro a la cual se le hizo la shejitá (degüello), la bediká (revisión), el nikur (extracción de órganos impuros) y la extracción de la sangre se vuelve apta para la consumisión y recibe el certificado de Cashrut.

Los alimentos son clasificados en 3 categorías: lácteos (jalabí), cárnicos (basarí) y neutros (parve). Los alimentos neutros pueden ser consumidos junto con lácteos y cárnicos, pero existe la tajante prohibición de mezclar cárnicos con lácteos. "No cocerás el cabrito en la leche de su madre" nos dice hasta en 3 ocasiones la Torá (Éxodo 23,19; Éxodo 34,26; Deuteronomio 14, 21). El texto bíblico no prohibe expresamente comerlos, simplemente porque ya prohibió cocinarlos. Es decir, si hasta cocinarlos juntos está prohibido, huelga decir que también lo está comerlos.

La ley judía prohibe la consumición de insectos y gusanos según la siguiente relación:

1. Maríscos tales como moluscos, calamares, ostras, caracoles y semejantes.
2. Insectos voladores como moscas, mosquitos, abejas.
3. Insectos sin alas, como hormigas.
4. Todas las categorías de gusanos.

La Torá exige que los animales acuáticos tengan dos características para ser considerados aptos para el consumo: escamas y aletas. El pescado no requiere ni shejitá ni salado.




Para mayor información acerca de animales considerados impuros, la wikipedia en español posee una lista bastante completa.


------------------------------------------

Este post fue escrito por
Ariel, blogger invitado, autor del blog Acción por Israel y miembro del blog colectivo La FuSión.